Proceso de aprobación de la Ley de Interpretación Auténtica

 

Proyecto No. 1599

Asunto: CONST:112-REELECCION PRESIDENTE POSTERIOR MANDATO

Origen : CONGRESO DE LA REPUBLICA

Bancada: ALIANZA CAMBIO 90 - NUEVA MAYORIA

Congresistas que suscriben: TORRES Y TORRES LARA, CARLOS; JOY WAY ROJAS, VICTOR; HILDEBRANDT PEREZ, MARTHA; RAMOS SANTILLAN, FRANCISCO; BARRETO ESTRADA, GAMALIEL; MEDELIUS RODRIGUEZ, OSCAR; VEGA ASCENCIO, ANASTACIO; SIURA CESPEDES, GILBERTO; VELIT NUÑEZ, MIGUEL

SUMILLA :

Interpreta de modo auténtico, que la reelección a que se refiere el Artículo 112o de la Constitución, está referida y condicionada a los mandatos presidenciales iniciados con posterioridad a la fecha de promulgación del referido texto constitucional. En consecuencia, interprétase auténticamente, que en el cómputo no se tienen en cuenta retroactivamente, los períodos presidenciales iniciados antes de la vigencia de la Constitución.

SEGUIMIENTO :

* 19/08/96: Presentación

* 19/08/96: Pase a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso

* 19/08/96: Ingresó a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso

* 20/08/96: Dictamen Favorable de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso

* 22/08/96: Aprobado por el Congreso

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr. Alva O.

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr. Del Castillo

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr. Chirinos Soto

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Srta. Flores Nano

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr. Cáceres V.

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr.Chipoco C.

* 22/08/96: Dictamen Negativo de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso - Minoría Sr. Olivera V.

* 22/08/96: En la Orden del Dia del Pleno del Congreso

* 22/08/96: Se remitió la Autógrafa de la Ley - Sobre No 004-96

* 23/08/96: Ley No. 26657

Ley de Interpretación Auténtica

Ley No. 26657

Promulgada el 23.AGO.96

Publicada el 23.AGO.96

Ley No. 26657

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo Unico.- Interprétase de modo auténtico, que la reelección a que se refiere el Artículo 112o. de la Constitución, está referida y condicionada a los mandatos presidenciales iniciados con posterioridad a la fecha de promulgación del referido texto constitucional. En consecuencia, interprétase auténticamente, que en el cómputo no se tiene en cuenta retroactivamente, los períodos presidenciales iniciados antes de la vigencia de la Constitución.

La presente norma se ampara en el Artículo 102o. y en la Octava Disposición Final y Transitoria de la Constitución.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República;

ALBERTO PANDOLFI ARBULU

Presidente del Consejo de Ministros

CARLOS HERMOZA MOYA

Ministro de Justicia

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