"El Comercio"

7 de octubre del 2000

Sala penal dice que no hubo falsificación de documentos

 

LOS TESTIGOS. Carlos Rodríguez y Érika Martinez, dos de los valientes jóvenes que denunciaron la falsificación de firmas, terminaron denunciados.

En un increíble fallo, la Sala Superior en Delitos Tributarios y Aduaneros absolvió a Luis Navarrete Santillán, regidor de Vamos Vecino, con el argumento de que los planillones que el Frente Independiente Perú 2000 adquirió en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) no fueron falsificados.

La resolución, fue emitida el miércoles pasado -pero que recién se conoció ayer- por los vocales Carlos Valenzuela Cerna (presidente), Carlos Cuentas Zúñiga y Manuel Ruiz Cueto.

Según el argumento de los magistrados, para considerar la existencia del delito de falsificación debió adulterarse el planillón de la ONPE, que era adquirido por cualquier ciudadano que pretendía inscribir a su agrupación política para los comicios generales del 9 de abril del 2000.

De acuerdo a la lógica de la resolución, como no se adulteró ninguna parte del documento original adquirido en la sede de la ONPE, entonces no hubo delito alguno. "Para que se configure el delito de falsedad material se exige que el agente (en este caso Navarrete) haga un documento falso, o adultere uno verdadero", dice una parte de la resolución. En otras palabras, como lo que se falsificó no fueron los planillones, sino las firmas, entonces no se incurrió en el delito de falsificación de documentos.

El documento no refiere en ninguno de sus considerandos lo relacionado al millón de firmas que se falsificaron para llenar esos planillones, que, según los vocales, no fueron adulterados.

"Los planillones adquieren valor como documento público una vez que se consignan los nombres y firmas de los adherentes a la agrupación política. Recién allí adquieren derechos y obligaciones. Pero en este caso las firmas fueron fraguadas", explicó Robert Meza, uno de los abogados de los testigos que dieron a conocer el escandaloso caso en febrero pasado.

La resolución de la Sala Superior es contradictoria con el dictamen de la fiscal Mirtha Trabucco, quien sostuvo que en el caso investigado sí existió la falsificación de rúbricas. En este mismo sentido se pronunció la comisión investigadora del Congreso, la que encontró pruebas que señalaban que el delito sí ocurrió.

Mere rechazó recurso

El recurso legal presentado por Navarrete se denomina excepción de naturaleza de acción, y en éste el regidor pide que se le exima de falsedad material y falsedad genérica, los dos principales delitos por los cuales era procesado en el Trigésimo Séptimo Juzgado Penal, a cargo de la magistrada María Mere.

La juez rechazó ese recurso el 9 de agosto pasado pues, a su criterio, existía delito. Navarrete apeló ante la Sala Superior de Delitos Tributarios y su recurso fue aceptado. Así, al no encontrarse delito se absolvió a la única autoridad procesada en este caso y a los testigos que permitieron conocer los hechos: Carlos y Marita Rodríguez Iglesias, la madre de ambos, María Iglesias Rengifo, y la estudiante Érika Martínez Liñán.