CORTE SUPREMA PODRÍA CORREGIR INJUSTA PRISIÓN DEL ALCALDE DE PARCOY
La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) alerta a la opinión pública sobre el peligroso precedente para la libertad de expresión generado tras la prisión de un dirigente social por haber promovido una movilización pacífica.
“De no corregir esta injusta condena, por primera vez en nuestro país se estaría incurriendo en la criminalización de la protesta social”, sentenció Miguel Jugo, director ejecutivo de APRODEH.
La responsabilidad de revertir esta situación se encuentra en manos de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que escuchará mañana, miércoles 14, los alegatos de los abogados de las partes en el proceso penal que se sigue contra Santos Quispe, Alcalde de Parcoy (provincia de Pataz, región La Libertad); a Renán García, Teniente Alcalde; y al comunero Omer Castillo, sentenciados a diez años de prisión por presuntos delitos de secuestro, disturbios y entorpecimiento de la vía pública en una manifestación pacífica contra los abusos de la minera Horizonte, realizada en marzo de 2004.
Según el abogado del Alcalde, Orlando Urbina, se cuenta con testimonios y videos que demostrarían que ninguno de los sentenciados intervino en los hechos de violencia, y que, por el contrario, promovieron que la marcha contra la minera se desarrolle en forma pacífica. Además, existe un voto singular por parte de uno de los magistrados de la Tercera Sala Penal de Trujillo, quien consideró que no había suficientes pruebas que ameritaran la condena impuesta por el resto de la Sala.
APRODEH, al considerar que han habido irregularidades en el proceso, se suma al pedido de liberación de los detenidos que realizan diversas autoridades, tales como el Presidente de la Región La Libertad, José Murgía; el Alcalde de Trujillo, César Acuña; los congresistas de la bancada UPP: Prudencio Ramos, Marisol Espinoza, y Alberto Escudero, así como al respaldo de la población liberteña al Alcalde de Parcoy expresado en una carta suscrita por mil 500 personas.
Asimismo, esperamos que la Sala Penal Permanente tome en cuenta las irregularidades en el proceso, en cuanto a las insuficientes pruebas que vinculan los hechos delictivos con los acusados, a la inadecuada fundamentación de resoluciones, instándola a que se pronuncie en respeto a un debido proceso.
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