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Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), sostuvo hoy ante la Corte Suprema de Justicia la nulidad de la absolución de Domingo Morales Ampudia como implicado en el caso de la desaparición de autoridades civiles y comunales del poblado de Chuschi - Ayacucho, en 1991, así como la petición de que se aumente la reparación civil a los familiares de las víctimas de este caso.
En la audiencia también se sustentó la culpabilidad del Teniente EP Collins Collantes y el Alférez Luis Juárez Aspiro, quienes señalaron que no tuvieron intención de desaparecer a las autoridades de Chuschi, sino que solo obedecieron órdenes, amparándose en que el delito de desaparición forzada, no estaba tipificado como tal en el año 1991, en que ocurrieron los hechos.
“Nosotros señalamos que ese delito tiene carácter permanente y que hasta la actualidad los restos de las personas desaparecidas no se encuentran, lo que se suma a la posibilidad que tuvieron de decir la verdad en su momento, y no lo hicieron”, señaló Cano.
“Collantes y Juárez han dicho además que la Comisión de la Verdad los había exculpado de todo cargo, lo cual no es cierto, el informe señala que el operativo en Chuschi fue un operativo destinado a la desaparición de autoridades que se habían negado a formar los comités de autodefensa, fue una forma de castigar a la población porque estaban desobedeciendo las órdenes del comando político militar. Este operativo fue llevado a cabo por una patrulla del Ejército dirigida desde Pampa Cangallo con efectivos policiales de la Comisaría de Chuschi quienes fueron encargados de sacar a las víctimas de sus domicilios y entregárselas al Ejército, los mismos que luego negaron la detención y armaron un simulacro de atentado terrorista, presentando una versión oficial que decía que las víctimas habían sido secuestradas por Sendero Luminoso, cuando los verdaderos secuestradores fueron la Policía y el Ejército”, añadió.
La doctora Cano explicó que además de haber apelado por la absolución de Domingo Morales Ampudia, uno de los policías que estuvo en el secuestro de las autoridades de sus domicilios, y que los familiares han reconocido y señalado con el seudónimo de “Brujo”, también se ha presentado el recurso de nulidad con respecto a la reparación civil para los familiares de las víctimas: “Consideramos que la reparación debe ser de acuerdo a la gravedad del hecho, la vida humana no tiene valor monetario, pero si los daños causados, no solamente físicos sino psicológicos, además de la angustia de haber vivido 15 años sin saber qué les pasó a sus seres queridos y la angustia de seguir sin saber cuál es el paradero de los restos.
En las próximas semanas se sabrá la resolución de los magistrados de la Corte Suprema, que será sometida a voto.
Lima, 15 de Agosto de 2007
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Gloria Cano: 9970-0900
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