Caso Accomarca

Los Hechos

El 13 de agosto de 1985, alrededor de las 6:00 de la mañana, la patrulla “Lince 7”  al mando del Sub Teniente Telmo Ricardo Hurtado Hurtado, fue transportada en helicóptero de Huamanga a la Base de Vilcashuamán

Al mediodía, salieron a pie con dirección al distrito de Accomarca, llegando a las 5 y 30 de la tarde aproximadamente.Ese mismo día, la Patrulla “Lince 6” llegó a la zona conocida como Pueblo Libre, desde donde  se trasladaron a pie hasta el cerro de Azulccacca, y de allí, a Pitecc (Accomarca). Al día siguiente, esta patrulla se ubicó a 3 kilómetros de Huancayoc. En la mañana del 14 de agosto de 1985, en el distrito de Accomarca, el Sub Teniente Telmo Hurtado intervino al comunero Cornelio Quispe Baldeón, a quien le increpó: “tú sabes donde están los otros”. Como era una costumbre en los meses de  julio y agosto, la población de Accomarca se había trasladado junto con sus familiares a la quebrada de Huancayoc, Llocllapampa, Apuspata y otros (quebrada de la comunidad) con el objeto de cosechar maíz, trigo, cebada, etcétera, permaneciendo el tiempo que duraba esta actividad, en sus casas rústicas o chozas construidas rudimentariamente.

Aproximadamente a las 7:00 de la mañana, los efectivos militares llegaron por varios lugares a la Quebrada de Huancayoc, realizando disparos. Supuestamente, ello lo hacían para evitar la fuga de los pobladores. Posteriormente, choza por choza comenzaron a buscar a los pobladores para luego conducirlos hacia una pampa donde se iba llevar a cabo una reunión.Durante esta operación no se produjo ningún enfrentamiento de las fuerzas del orden con los pobladores, por eso no hubo heridos ni muertos por parte de las fuerzas del orden. Sin embargo, los efectivos militares sí actuaron de manera violenta.Por otro lado, es importante mencionar que en el lugar no se encontró armas, municiones, explosivos o propaganda terrorista que vincule a los pobladores con Sendero Luminoso, tal como presumían los militares.  Los comuneros fueron reunidos en la zona conocida como “Hatunpampa” donde separaron hombres de mujeres. Los varones fueron brutalmente golpeados con la culata de sus fusiles FAL. Las mujeres fueron llevadas a la fuerza hasta un lugar donde había un árbol de Molle, donde las violaron. Alrededor de las 11:00 de la mañana, los pobladores fueron conducidos a la casa del poblador César Gamboa de la Cruz, ubicada en el sector de Apuspata. A las mujeres y niños los llevaron a la cocina y al grupo más numeroso, al ambiente más grande de la casa. Por la ubicación de la casa, se podía observar lo que ocurría en ella desde cualquier parte de Llocllapampa y otras zonas aledañas.

Luego, el Sub Teniente Telmo Hurtado ordenó disparar contra las casas donde se encontraban los pobladores. El citado oficial personalmente lanzó una granada provocando una explosión y el incendio de la casa de adobe y de la cocina. Durante el incendio, los soldados recibieron la orden del Jefe de la patrulla para recoger todos los elementos o sustancias utilizadas para dar muerte a los pobladores, para que no los puedan identificar como responsables del hecho y adjudicar esta acción al grupo terrorista. Luego, los militares se trasladaron a la casa de un poblador en la zona denominada Yanacocha donde bailaron, bebieron y mataron algunos animales de los pobladores, gritando que habían matado a los terroristas. Alrededor de las tres de la tarde, los militares se fueron con dirección al distrito de Accomarca, cuando se dieron cuenta que una mujer (Juliana Baldeón) intentaba apagar el incendio de la casa. Le dispararon hasta matarla.

Ruta judicial

El 3 de octubre de 1985, la tercera fiscalía provincial mixta de Huamanga denuncio penalmente a Telmo Hurtado y a Rivera Rondón por el delito de homicidio en agravio de Juliana Baldeón y otros. El 4 de octubre del mismo año, el Juez instructor ad hoc dispuso abrir proceso penal contra las mencionadas personas.Desafortunadamente, como en otros casos de graves violaciones de derechos humanos, el Fuero Militar inicio un proceso por los mismos hechos para tratar de encubrirlos, planteando una contienda de competencia que fue admitida por la Corte Suprema, el 11 de marzo de 1986.El 19 de junio de 1995, Telmo Hurtado se acogió a las leyes de Amnistía (Ley N° 26479 y 26492), debido a que los hechos ocurrieron con ocasión de la lucha contra el terrorismo.El 31 de mayo de 2005 se abrió la etapa de instrucción en el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial. Tras ello, se dictó un mandato de detención contra todos los procesados.El 1 de febrero de 2010 se emite el Dictamen Acusatorio y, con fecha 04 de noviembre de 2010, se inició la etapa de Juicio Oral, etapa que sigue hasta la fecha.El 14 de julio de 2011, el ex Teniente del Ejército Peruano, Telmo Hurtado, llegó a Lima extraditado de Miami (Estados Unidos) bajo la custodia de agentes de la Interpol. El juicio oral comenzó en el 2010 y en julio del 2015 se comenzó con la parte final del mismo estando en la requisitoria del fiscal superior.

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