Alberto Fujimori Fujimori responderá ante la Justicia por el caso Pativilca

Nota de Prensa

Ante la decisión de la Corte Suprema al confirmar que carece de efectos jurídicos la gracia presidencial otorgada a Alberto Fujimori Fujimori

El fin de la impunidad.
Alberto Fujimori Fujimori responderá ante la Justicia por el caso Pativilca.

La Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH, saluda la reciente resolución de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República, la cual por unanimidad, confirmó la decisión de la Sala Penal Nacional al declarar sin efectos jurídicos la Resolución Suprema del 24 de diciembre de 2017 que concedió, entre otros, la gracia presidencial por razones humanitarias a Alberto Fujimori Fujimori.

En efecto, la Corte Suprema declaro No Haber Nulidad en la resolución de la Sala Penal Nacional emitida en el marco del caso Pativilca el pasado 09 de febrero de 2018, en donde declaró la inaplicabilidad de la Resolución Suprema N° 281-2017-JUS de 24 de diciembre de 2017 -suscrita por el aquel entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski-, que concedió el derecho de gracia por razones humanitarias al procesado Alberto Fujimori Fujimori.

Recordemos que esta decisión se dio a partir del pedido presentado por APRODEH en calidad de representantes de los familiares de las víctimas del caso Pativilca, a fin de que dicho derecho de gracia otorgado al referido procesado carezca de efectos jurídicos y por ende, Fujimori Fujimori no sea excluido del proceso penal iniciado en su contra.

La Corte Suprema consideró que “en un Estado Constitucional de Derecho, donde la realidad jurídica y política del país está sometida a la Constitución, no existen zonas exentas de control de constitucionalidad; por ello, admitir la posibilidad de que los actos discrecionales de los poderes públicos no sean evaluados en su constitucionalidad significaría reconocer poderes absolutos, contravenir la fuerza normativa de la Constitución y negar el valor fundamental de los derechos, bienes y valores constitucionales, lo que a todas luces es inaceptable.”[1] (El resaltado es nuestro).

Así, a consideración de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, “la gracia presidencial, aun cuando es una prerrogativa constitucional otorgada al presidente de la República, no es un acto discrecional que no pueda ser objeto de control constitucional; por ello, tiene límites formales y materiales.”[2]

Es una victoria que el Poder Judicial -al igual que en su decisión respecto al indulto otorgado a Alberto Fujimori Fujimori-, haya resuelto en respeto a las normas del derecho internacional de los derechos humanos, en concordancia con las disposiciones de la Convención Americana, en cumplimiento de las obligaciones del Estado de Perú a los tratados internacionales sobre la materia y a su propia Constitución Política, y más que todo a favor del derecho al acceso a la justicia de las víctimas y familiares del caso Pativilca, quiénes son las que no han cesado en su lucha durante todos estos años y quienes hoy, una vez más, han sido reivindicadas.

 

Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH
14 de Enero de 2020

Área Legal – APRODEH

Teléfono 424 7057 – anexo 106

[1] Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. R.N. N° 793-2018. Punto 1 de Sumilla.

[2] Op. Cit.: Considerando 5.1.

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